{"id":2276,"date":"2022-09-15T12:43:50","date_gmt":"2022-09-15T10:43:50","guid":{"rendered":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/?p=2276"},"modified":"2024-10-23T13:01:07","modified_gmt":"2024-10-23T11:01:07","slug":"kit-digital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/actualidad-legislativa\/financiero\/kit-digital\/","title":{"rendered":"Kit Digital"},"content":{"rendered":"<p>El Boleti\u0301n Oficial del Estado (BOE) con fecha 30\/12\/2021 publico\u0301 las bases reguladoras de las ayudas del \u2018Kit Digital\u2019, el objeto de esta Orden es el establecimiento de las bases reguladoras para la concesio\u0301n de las ayudas para la digitalizacio\u0301n de pequen\u0303as empresas, microempresas y personas en situacio\u0301n de autoempleo, que tiene por objeto la adopcio\u0301n de soluciones de digitalizacio\u0301n incluidas en el Cata\u0301logo de Soluciones de Digitalizacio\u0301n del Programa.<\/p>\n<p>El presupuesto del Programa sera\u0301 financiado con cargo al Plan de Recuperacio\u0301n, Transformacio\u0301n y Resiliencia \u2013 Financiado por la Unio\u0301n Europea-<em>Next Generation EU<\/em>, el programa esta\u0301 dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros para el periodo 2021-2023.<\/p>\n<p><strong>El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de Espan\u0303a<\/strong>, que tiene como objetivo subvencionar la implantacio\u0301n de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.<\/p>\n<p>El pasado 29\/07\/2022 el BOE publico una actualizacio\u0301n sobre la orden de bases de Kit Digital.<\/p>\n<p>De entre las soluciones que te ofrece el Kit Digital e importe de las ayudas, cabe destacar las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Sitio web y presencia ba\u0301sica en Internet (hasta 2.000 euros)<\/li>\n<li>Comercio electro\u0301nico (hasta 2.000 euros)<\/li>\n<li>Gestio\u0301n de redes sociales (hasta 2.500 euros)<\/li>\n<li>Gestio\u0301n de clientes (hasta 4.000 euros) \u2022 Business Intelligence y anali\u0301tica (hasta 4.000 euros)<\/li>\n<li>Gestio\u0301n de procesos (hasta 6.000 euros)<\/li>\n<li>Factura electro\u0301nica(hasta2.000euros) \u2022 Servicios y herramienta de oficina virtual (hasta 12.000 euros)<\/li>\n<li>Comunicaciones seguras y ciberseguridad (hasta 6.000 euros)<\/li>\n<li>Presencia avanzada en Internet (hasta 2.000 euros)<\/li>\n<li><em>Marketplace<\/em> (hasta 2.000 euros)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los gastos no subvencionados entre otros serian la conectividad y\/o los impuestos o servicios de consultori\u0301a o la adquisicio\u0301n de <em>hardware<\/em>, salvo cuando sea imprescindible para la prestacio\u0301n de la solucio\u0301n contratada. Se trata de los dispositivos que es incluyan en la modalidad de pago por uso, como parte de una solucio\u0301n de digitalizacio\u0301n, que no podra\u0301n ser utilizados por otros fines diferentes a la prestacio\u0301n de la solucio\u0301n. Esta salvedad fue incluida dentro de la actualizacio\u0301n de la orden del 29\/07\/2022.<\/p>\n<p>Podra\u0301n ser beneficiarios de estas ayudas auto\u0301nomos y empresas que no superen los 49 empleados y cuyo domicilio fiscal este\u0301 ubicado en territorio espan\u0303ol. Se establecen a tal efecto los siguientes segmentos y ayuda ma\u0301xima:<\/p>\n<ul>\n<li>Pequen\u0303as empresas entre 10 y menos de 50 empleados, 12.000 euros de ayuda ma\u0301xima.<\/li>\n<li>Pequen\u0303as empresas o microempresas entre 3 y menos de 10 empleados, 6.000 euros de ayuda ma\u0301xima.<\/li>\n<li>Pequen\u0303as empresas o microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados, 2.000 euros de ayuda ma\u0301xima.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La apertura de la primera convocatoria que agrupaba al segmento I, es decir, a organizaciones de 10 a 49 empleados, disponi\u0301an de seis meses desde la publicacio\u0301n de la correspondiente convocatoria, por tanto, desde el 15 de marzo terminando el plazo correspondiente el 15 de septiembre o en su caso hasta el agotamiento del cre\u0301dito presupuestario para presentar su solicitud.<\/p>\n<p>El pasado 2 de septiembre se abrio\u0301 el plazo para la segunda convocatoria, para empresas de entre 3 y 9 trabajadores, grupo comprendido en el segmento II. Esta segunda etapa del plan permanecera\u0301 abierta un an\u0303o.<\/p>\n<p>Ambas convocatorias contaban con un presupuesto inicial de 500 millones de euros.<\/p>\n<p>Una vez recibido la concesio\u0301n de la ayuda, las pymes tienen seis meses para destinar su cuanti\u0301a a uno o varias soluciones digitales, con indiferencia de los agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones.<\/p>\n<p>La subvencio\u0301n se recibira\u0301 en dos cuotas. La primera (70% del monto aprobado) se recibira\u0301 al momento de comprar las herramientas digitales. La segunda cuota (30% restante), se recibira\u0301 despue\u0301s de verificar que el dinero se utilizo\u0301 para lo acordado y que se hizo la digitalizacio\u0301n exitosamente.<\/p>\n<p>Estos porcentajes vari\u0301an en el caso de las soluciones referentes de gestio\u0301n de redes sociales, la primera cuota sera\u0301 del 40% y el 60% en la segunda.<\/p>\n<p><strong>Se puede solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentacio\u0301n<\/strong>, basta con que el empresario autorice a <strong><a class=\"PrimaryLink BaseLink\" href=\"https:\/\/red.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Red.es<\/a><\/strong> a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condicio\u0301n de beneficiario. Asimismo, cualquier tercero debidamente autorizado, cualquier persona fi\u0301sica o juri\u0301dica e incluye a los mismos agentes digitalizadores adheridos, puede solicitar la ayuda por cuenta de la pyme.<\/p>\n<p>Las empresas interesadas pueden solicitar las ayudas en <strong>la sede electro\u0301nica de <a class=\"PrimaryLink BaseLink\" href=\"https:\/\/red.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Red.es<\/a><\/strong>\u00a0a trave\u0301s de los siguientes pasos:<\/p>\n<ol>\n<li>Regi\u0301strate en <a href=\"https:\/\/www.acelerapyme.es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">www.acelerapyme.es<\/a> y completa el test de autodiagno\u0301stico de la plataforma, el cual refleja su \u201cestado digital\u201d y muestra los aspectos a mejorar. Es obligatorio para poder acceder a los fondos.<\/li>\n<li>Consulta el cata\u0301logo de soluciones digitales, donde podra\u0301s escoger una o varias, las que mejor se adapten a la necesidad de tu negocio.<\/li>\n<li>Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electro\u0301nica de <strong><a class=\"PrimaryLink BaseLink\" href=\"https:\/\/red.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Red.es<\/a><\/strong> y completa los pasos del formulario.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Una vez es concedida la subvencio\u0301n, lo siguiente sera\u0301:<\/p>\n<ol>\n<li>Seleccionar, de entre cata\u0301logo de soluciones digitales ofrecidas por los agentes digitalizadores (validados, previamente, por el Estado), la\/s que necesite\/s, asi\u0301 como el agente digitalizador.<\/li>\n<li>Formalizar el contrato con el agente digitalizador.<\/li>\n<li>El plazo para justificar la solucio\u0301n implantada por parte del agente digitalizador se amplia a 6 meses.<\/li>\n<li>Se estable un plazo ma\u0301ximo de tres meses, tras la presentacio\u0301n de la justificacio\u0301n y su validacio\u0301n para que el Agente Digitalizador reciba el pago correspondiente de la ayuda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Adema\u0301s, el Gobierno ha creado el tele\u0301fono gratuito <strong>900 909 001 para informar a las empresas de manera telema\u0301tica si cumplen o no los requisitos<\/strong>. Asimismo, a trave\u0301s de este tele\u0301fono se puede ayudar a la empresa a seguir los procedimientos online.<\/p>\n<p><strong>Los requisitos<\/strong> que deben cumplir las empresas para optar a las ayudas son:<\/p>\n<ol type=\"a\">\n<li>No tener consideracio\u0301n de empresa en crisis.<\/li>\n<li>Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.<\/li>\n<li>No superar el li\u0301mite ma\u0301ximo de ayudas establecido en el marco comunitario para contar con la autorizacio\u0301n automa\u0301tica \u2018de minimis\u2019.<\/li>\n<li>No estar sujeta a una orden de recuperacio\u0301n pendiente de la Comisio\u0301n Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado comu\u0301n establecido en el marco comunitario para contar con la autorizacio\u0301n automa\u0301tica \u2018de minimis\u2019.<\/li>\n<li>Tener la consideracio\u0301n de pequen\u0303a empresa, microempresa o auto\u0301nomo. Con domicilio fiscal en Espan\u0303a.<\/li>\n<li>Estar en situacio\u0301n de alta y tener la antigu\u0308edad mi\u0301nima que se establece por convocatoria.No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el arti\u0301culo 13.2 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<\/li>\n<li>Disponer de la evaluacio\u0301n del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagno\u0301stico disponible en la plataforma Acelera pyme.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Las obligaciones<\/strong> de los beneficiarios:<\/p>\n<ol type=\"a\">\n<li>Las recogidas en el arti\u0301culo 14 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, asi\u0301 como las contenidas en esta Orden oficial del programa Kit Digital.<\/li>\n<li>El beneficiario de Kit Digital esta\u0301 obligado a informar al o\u0301rgano concedente si recibe otras ayudas o subvenciones para el mismo gasto de digitalizacio\u0301n de otros entes pu\u0301blicos o privados espan\u0303oles o europeos, de cualquier administracio\u0301n nacional o de organismos internacionales. Esta informacio\u0301n se debe suministrar apenas se comunique que se ha sido elegido, o en u\u0301ltimo caso, antes del momento de justificar el uso que se ha dado a los fondos recibidos.<\/li>\n<li>Estas ayudas deben registrarlas en su contabilidad con un co\u0301digo contable diferenciado adema\u0301s de la obligacio\u0301n natural de llevar registros contables de todas sus operaciones y cualquier otro proceso estipulado en la legislacio\u0301n mercantil. Toda la documentacio\u0301n debera\u0301 conservarse por un mi\u0301nimo de 4 an\u0303os a partir del te\u0301rmino del plazo de justificacio\u0301n de la subvencio\u0301n.<\/li>\n<li>Otra obligacio\u0301n de los beneficiarios de Kit Digital es declarar todas las ayudas de minimis recibidas en los dos an\u0303os fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. Asimismo, debera\u0301 atender a los requerimientos para evaluar el nivel de madurez digital en cualquier momento una vez instaladas las soluciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Agentes digitalizadores:<\/strong><\/p>\n<p>El plazo de adhesio\u0301n para los agentes digitalizadores se mantendra\u0301 abierto durante todo el tiempo que permanezca activo el programa. El \u201ccata\u0301logo de agentes digitalizadores\u201d que se puede consultar en <a href=\"http:\/\/www.acelerapyme.es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>www.acelerapyme.es<\/strong><\/a>\u00a0se actualiza cada semana y en estos momentos cuenta con ma\u0301s de 8.700 agentes dados de alta.<\/p>\n<p>Estos agentes digitalizadores reu\u0301nen los requisitos para poder prestar servicios de digitalizacio\u0301n a las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital, y podra\u0301n colaborar en el proceso de solicitud de las ayudas siendo tambie\u0301n representantes voluntarios y en las actuaciones de control que se deriven de las mismas.<\/p>\n<p>Adema\u0301s, sera\u0301n ellos los que presenten toda la documentacio\u0301n justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez se haya aceptado su justificacio\u0301n.<\/p>\n<p><strong>Ya se han concedido ma\u0301s de 21.000 ayudas de la primera convocatoria:<\/strong><\/p>\n<p>Hasta la fecha, el programa Kit Digital ha recibido alrededor de 68.000 solicitudes y son 21.000 sociedades las que ya cuentan con el bono digital para consumirlo en diferentes soluciones digitales del cata\u0301logo. Este porcentaje de ayudas concedidas equivale a alrededor de 252 millones de euros.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobierno de Espa\u00f1a ha lanzado la iniciativa \u2018Kit Digital\u2019 para la digitalizaci\u00f3n de las peque\u00f1as empresas.<\/p>\n","protected":false},"author":31,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[48],"class_list":["post-2276","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-financiero","tag-bae-211"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2276","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/users\/31"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2276"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2276\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3816,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2276\/revisions\/3816"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2276"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2276"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2276"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}