{"id":4368,"date":"2023-04-24T08:00:14","date_gmt":"2023-04-24T06:00:14","guid":{"rendered":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/?p=4368"},"modified":"2024-10-23T13:01:05","modified_gmt":"2024-10-23T11:01:05","slug":"trabajo-remoto-problema-u-oportunidad-para-la-politica-fiscal-de-los-paises","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/actualidad-legislativa\/fiscal\/trabajo-remoto-problema-u-oportunidad-para-la-politica-fiscal-de-los-paises\/","title":{"rendered":"Trabajo remoto: \u00bfProblema u oportunidad para la pol\u00edtica fiscal de los pa\u00edses?"},"content":{"rendered":"<p>El COVID-19 introdujo dr\u00e1sticamente el teletrabajo en las organizaciones, aunque ya era pr\u00e1ctica habitual en la industria digital. A continuaci\u00f3n, examinamos las implicaciones fiscales de este cambio de paradigma, y sus efectos en las pol\u00edticas fiscales de los pa\u00edses.<\/p>\n<h2><strong>El trabajo remoto ya exist\u00eda antes<\/strong><\/h2>\n<p>La pandemia oblig\u00f3 a encontrar formas de trabajar y seguir siendo productivos mientras nos manten\u00edamos a salvo del virus. El trabajo a distancia se convirti\u00f3 en la forma habitual de trabajo, cuando se cerraron oficinas y f\u00e1bricas.<\/p>\n<p>Pero el teletrabajo ya era la <strong>forma normal de trabajar de la industria digital mucho antes de la pandemia<\/strong>. As\u00ed, programadores, cient\u00edficos y otros perfiles t\u00e9cnicos de la econom\u00eda digital colaboraban desde sus hogares, generando las innovaciones que se convertir\u00edan en empresas de \u00e9xito.<\/p>\n<h2><strong>La generalizaci\u00f3n del trabajo a distancia<\/strong><\/h2>\n<p>Conforme las personas se sintieron m\u00e1s c\u00f3modas y productivas trabajando en remoto, muchas empresas comprendieron que pod\u00edan alcanzar los <strong>mismos niveles de productividad a un coste menor<\/strong>, antes incluso de considerar otros beneficios como el acceso al mercado global de talento. Las empresas recortaron gastos de arrendamiento de oficinas para emplearlos en la contrataci\u00f3n de talento.<\/p>\n<p>En este contexto, las reformas en fiscalidad internacional desarrolladas en los \u00faltimos a\u00f1os han tendido a abordar los <strong>desaf\u00edos fiscales de la econom\u00eda digital desde una perspectiva distinta a la de donde se localizaci\u00f3n su talento<\/strong>. As\u00ed, los acuerdos alcanzados en la OCDE sobre fiscalidad digital han identificado la creaci\u00f3n de valor de la econom\u00eda digital en el usuario y, por ende, en el ingreso del mercado, creando un nuevo nexo que permita gravar a los pa\u00edses del mercado. El papel del talento ha quedado fuera del an\u00e1lisis, y <strong>el derecho a gravar sus frutos sigue basando en la presencia f\u00edsica, a trav\u00e9s del an\u00e1lisis de las actividades de los teletrabajadores<\/strong>, es decir, se sigue basando en el establecimiento permanente.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfY los impuestos?<\/strong><\/h2>\n<p>Si el trabajo remoto es algo m\u00e1s que una moda pand\u00e9mica, y est\u00e1 aqu\u00ed para quedarse, la cuesti\u00f3n es cr\u00edtica para la legislaci\u00f3n fiscal nacional e internacional y para sus responsables pol\u00edticos.<\/p>\n<p>Si un empleador carece de un solo metro cuadrado de oficinas, pero emplea a personas de todo el mundo que trabajan desde su domicilio o desde espacios de coworking adquiridos a nombre del propio empleado, \u00bfc\u00f3mo debemos tratar el nexo creado por esos trabajadores a distancia? T\u00e9cnicamente, el domicilio o incluso el espacio de coworking no est\u00e1n \u00aba disposici\u00f3n\u00bb del empleador, que es la norma que muchos tratados aplican para identificar a los establecimientos permanentes. Adem\u00e1s, normalmente, la mayor\u00eda de estos empleados no tienen poderes de las empresas para las que trabajan, ni participan en funciones de ventas que conduzcan a la celebraci\u00f3n contratos, por lo que quedar\u00edan fuera del concepto de establecimiento permanente por agente dependiente.<\/p>\n<p>Incluso en ausencia de convenio de doble imposici\u00f3n, las leyes nacionales de muchas jurisdicciones tienen normas que no captar\u00edan claramente a un trabajador remoto. En ese sentido, el mero hecho de existir y estar presente en un pa\u00eds mientras se realiza un trabajo no relacionado con la funci\u00f3n de ventas parece m\u00e1s una actividad accesoria que existe debido a una coincidencia y no una decisi\u00f3n empresarial meditada del empleador.<\/p>\n<p><strong>El trabajador a distancia o n\u00f3mada digital puede elegir f\u00e1cilmente el pa\u00eds en el que trabaja y, por ende, en el que paga impuestos sobre la renta e indirectos a trav\u00e9s del consumo.<\/strong><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-4369 size-full\" src=\"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-content\/uploads\/sites\/4\/2023\/04\/bae-212-teletrabajo.png\" alt=\"Trabajo remoto: \u00bfProblema u oportunidad para la pol\u00edtica fiscal de los pa\u00edses?\" width=\"509\" height=\"382\" srcset=\"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-content\/uploads\/sites\/4\/2023\/04\/bae-212-teletrabajo.png 509w, https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-content\/uploads\/sites\/4\/2023\/04\/bae-212-teletrabajo-300x225.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 509px) 100vw, 509px\" \/><\/p>\n<h2><strong>\u00bfEl teletrabajo internacional supone el establecimiento permanente?<\/strong><\/h2>\n<p>Hoy d\u00eda la respuesta no es clara, algunos pa\u00edses prefieren ignorar el concepto de establecimiento permanente, dando por buena la renta del trabajo del n\u00f3mada digital y su consumo en el pa\u00eds, generadores de ingresos por impuestos indirectos. Otros, por el contrario, consideran que la mera existencia del trabajo remoto crea un establecimiento permanente. Y la gran mayor\u00eda, sigue las <strong>directrices de la OCDE, y requieren que se verifiquen una serie de criterios<\/strong> para entender que la casa oficina est\u00e1 a la disposici\u00f3n del empleador para crear un establecimiento permanente.<\/p>\n<p>Lo mismo sucede con las empresas, algunas no permiten el trabajo internacional a distancia en ninguna de sus modalidades, otras no ponen restricci\u00f3n alguna al teletrabajo, y las m\u00e1s, tratan de establecer pol\u00edticas internas para aprovechar sus ventajas, minimizando los riesgos asociados.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfY el impuesto de sociedades? \u00bfNo es atractivo para los pa\u00edses?<\/strong><\/h2>\n<p>Desde un punto de vista puramente recaudatorio, la presencia de trabajadores desarrollando su actividad a distancia, es un vector de crecimiento de la base imponible del pa\u00eds de residencia, bien a trav\u00e9s de la imposici\u00f3n indirecta sobre su consumo, bien a trav\u00e9s de sus impuestos sobre la renta.<\/p>\n<p>No obstante, algunas jurisdicciones siguen centrando sus esfuerzos recaudatorios \u00fanicamente en el impuesto de sociedades y, por tanto, en como gravar el beneficio de la empresa empleadora.<\/p>\n<p>En nuestra opini\u00f3n, salvo casos en los que los trabajadores a distancia sean altos ejecutivos cuya \u00abdirecci\u00f3n y control\u00bb sea ejercida de forma remota, o trabajadores relacionados con las ventas, la mayor\u00eda de los pa\u00edses, siguiendo las directrices del modelo de convenio de la OCDE, encuentran <strong>muy dif\u00edcil gravar el beneficio de las empresas empleadoras de trabajadores remotos<\/strong> a trav\u00e9s de la figura del establecimiento permanente.<\/p>\n<p>La realidad es que el impuesto sobre sociedades representa s\u00f3lo un peque\u00f1o porcentaje de los ingresos de la mayor\u00eda de los pa\u00edses OCDE, mientras que los impuestos sobre el consumo e IRPF constituyen la mayor parte del ingreso a los tesoros p\u00fablicos. Lo que ha llevado a muchos pa\u00edses a cambiar su estrategia <strong>centrando sus esfuerzos recaudatorios en el IRPF<\/strong>.<\/p>\n<h2><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>El gobierno de Espa\u00f1a se ha sumado a esta tendencia internacional, aprobando a finales del a\u00f1o 2022 la ley para la promoci\u00f3n de las empresas emergentes (Ley 28\/2022, de 21 de diciembre), mediante la cual se ha introducido el <strong>visado para n\u00f3madas digitales<\/strong> y \u00a0modificado el <strong>r\u00e9gimen especial de trabajadores desplazados del IRPF<\/strong> para atraer el talento digital a Espa\u00f1a.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En este art\u00edculo abordamos las implicaciones fiscales de este cambio hacia el trabajo a distancia y como las jurisdicciones est\u00e1n adaptando sus pol\u00edticas fiscales a la nueva realidad.<\/p>\n","protected":false},"author":33,"featured_media":4405,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[47],"class_list":["post-4368","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-fiscal","tag-bae-212"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4368","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/users\/33"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4368"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4368\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4372,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4368\/revisions\/4372"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4405"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4368"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4368"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dev.atisa.es\/bae\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4368"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}