El tratamiento contable de la cesión onerosa de contratos públicos de obra
Bae 220
El ICAC, a través del BOICAC 139/2024, precisa el tratamiento contable de la cesión onerosa de contratos públicos y sus implicaciones en la clasificación como gasto o activo intangible.
Registro contable de las cuantías percibidas por parte de un cliente con anterioridad a la prestación de un servicio y sin obligación de reembolso por parte de la sociedad.